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Legislación CBAM

Mecanismo de ajuste en la frontera del carbono

El cambio climático es un problema mundial que requiere soluciones mundiales. Las fugas de carbono se producen cuando las empresas con sede en la UE trasladan la producción intensiva en carbono al extranjero, a países donde se aplican políticas climáticas menos estrictas que en la UE, o cuando los productos de la UE son sustituidos por importaciones más intensivas en carbono.

¿Cómo evitar las fugas de carbono?

El Mecanismo de Ajuste de las Emisiones de Carbono en la Frontera (CBAM) es la herramienta de la UE para poner un precio justo al carbono emitido durante la producción de bienes intensivos en carbono que entran en la UE y fomentar una producción industrial más limpia en los países no comunitarios.

Al confirmar que se ha pagado un precio por las emisiones de carbono incorporadas generadas en la producción de determinados bienes importados en la UE, la CBAM garantizará que el precio del carbono de las importaciones sea equivalente al precio del carbono de la producción nacional.

Tren legislativo CBAM

La CBAM se aplicará en su régimen definitivo a partir de 2026, mientras que la actual fase transitoria dura entre 2023 y 2026. Esta introducción gradual de la CBAM está en consonancia con la eliminación progresiva de la asignación de derechos gratuitos en el marco del Régimen Comunitario de Comercio de Derechos de Emisión (RCDE) para apoyar la descarbonización de la industria de la UE.

El 1 de enero de 2026 entra en vigor el sistema permanente y completo del Reglamento CBAM de la UE. A partir de entonces, los importadores tendrán que cumplir las siguientes obligaciones:

  • Los importadores en el scope del Reglamento tendrán que solicitar el estatus de declarante CBAM autorizado. Sólo los declarantes CBAM autorizados podrán importar mercancías CBAM en el territorio aduanero de la UE.
  • Las emisiones integradas calculadas deberán ser verificadas por un auditor acreditado.
  • Los certificados CBAM deberán adquirirse previo pago de una tasa. El precio de los certificados se calculará en función del precio medio semanal de subasta de los derechos del RCCDE expresado en euros/tonelada de emisiones emitidas. Los declarantes CBAM deberán entregar un número de certificados CBAM que corresponda a las emisiones incorporadas declaradas en sus informes.
  • Los importadores deben preparar y presentar una declaración CBAM anual antes del 31 de mayo de cada año natural para las emisiones asociadas a las mercancías importadas en el año natural anterior. El número correspondiente de certificados CBAM también debe presentarse en ese plazo.

Scope de aplicación

Las siguientes mercancías están cubiertas por el Reglamento CBAM si se importan de fuera de la UE:

Aluminio, hierro y acero, fertilizantes, electricidad, cemento, hidrógeno

Normativa ESG