Orientación sobre la aplicación de las CBAM
El primer informe CBAM transitorio deberá presentarse antes del 31 de enero de 2024 sobre las emisiones incorporadas de los bienes importados en el cuarto trimestre de 2023, incluyendo la siguiente información:
- Cantidad total de productos en scope de CBAM importados durante el periodo.
- Información sobre las emisiones directas e indirectas incorporadas de estos productos
- En su caso, el precio del carbono debido en el país de origen
Si el informe de datos CBAM de las declaraciones de importación no se presenta, se presenta de forma incorrecta o incompleta, y el declarante no ha tomado las medidas necesarias para corregir o cumplir con la obligación de informar, los Estados miembros de la UE pueden imponer una sanción al declarante.
El importe de la sanción puede oscilar entre 10 y 50 euros por tonelada de emisiones no notificadas, en función de factores pertinentes como el alcance de la información no notificada y el grado de negligencia del declarante.
Para ayudar a las partes interesadas a prepararse para las nuevas obligaciones de información, la Comisión Europea ha preparado documentos de orientación por escrito, para ayudar a navegar por el período transitorio (1 de octubre de 2023 - 31 de diciembre de 2025).